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CriminalidadEcuador

Corte Constitucional de Ecuador valida estado de excepción

2 de marzo de 2024

La medida fue decretada por el gobierno de Daniel Noboa para hacer frente al crimen organizado que opera a través de 22 bandas consideradas "terroristas".

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El estado de excepción en Ecuador permite la intervención de policías y militares en las cárceles. En esta foto, prisioneros yacen en el suelo y con las manos atadas a la espalda en la prisión de Esmeraldas, durante una requisa de armas y explosivos. (Foto de archivo: 14.01.2024)
El estado de excepción en Ecuador permite la intervención de policías y militares en las cárceles. En esta foto, prisioneros yacen en el suelo y con las manos atadas a la espalda en la prisión de Esmeraldas, durante una requisa de armas y explosivos. (Foto de archivo: 14.01.2024)Imagen: Ecuador's Armed Forces/AP/picture alliance / ASSOCIATED PRESS

La Corte Constitucional de Ecuador declaró por unanimidad este viernes (01.03.2024) la validez legal del estado de excepción decretado por el presidente Daniel Noboa para enfrentar al crimen organizado, tras la oleada de violencia y atentados de las bandas criminales sucedida a inicios de enero.

El máximo tribunal de garantías de Ecuador validó la constitucionalidad de las medidas adoptadas por Noboa para hacer frente a la criminalidad organizada, cuyo auge ha hecho de Ecuador uno de los países más violentos del mundo, con 45 homicidios por cada 100.000 habitantes en 2023.

Noboa declaró además la existencia de un "conflicto armado interno" contra 22 bandas criminales, a las que pasó a considerar como grupos terroristas y actores beligerantes no estatales.

Para la Corte Constitucional, "la existencia o no de un conflicto armado interno es una cuestión de hecho, que no depende de la declaratoria de una autoridad pública, como la emisión de un estado de excepción o su control por parte de ese organismo".

El tribunal recordó que "la intervención de las Fuerzas Armadas para garantizar la soberanía e integridad territorial es una de las competencias ordinarias e, incluso, en caso de conflicto armado interno, éstas pueden movilizarse e intervenir una vez fenecido el estado de excepción, de acuerdo con el ordenamiento jurídico".

Entre las medidas validadas por la Corte está la suspensión de los derechos a la inviolabilidad del domicilio y a la libertad de reunión, así como el toque de queda nocturno, cuyo horario varía en función de la peligrosidad de cada provincia o ciudad.

También aceptó la movilización e intervención de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas en todo el país y también en el interior de las cárceles.Igualmente fue aceptada la declaratoria como zona de seguridad a las cárceles, en un perímetro de un kilómetro a la redonda.

La Corte validó además la orden de ejecutar operaciones militares a las Fuerzas Armadas, respetando los derechos humanos.

La espiral de violencia que llevó al estado de excepción se desató cuando el gobierno se disponía a recuperar el control de las prisiones, muchas de estas dominadas por grupos de delincuentes, cuya rivalidad dejó más de 450 presos asesinados desde 2020 en una serie de masacres carcelarias.

gs (efe, El Universo)

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